Santo Domingo. El nuevo Código Penal contempla sanciones de hasta tres años de prisión para las personas o responsables de establecimientos que nieguen el acceso a discotecas, bares u otros espacios públicos por motivos de sexo, color de piel, raza, origen, religión u otras condiciones protegidas por la ley.
La disposición busca fortalecer la protección del derecho a la igualdad y combatir los actos de discriminación en lugares abiertos al público, estableciendo consecuencias penales para quienes incurran en este tipo de prácticas.
De acuerdo con el texto aprobado, la normativa penaliza la exclusión o restricción de personas cuando esta se base en criterios discriminatorios y no en razones objetivas o relacionadas con el cumplimiento de las normas del establecimiento.
Juristas consideran que la medida representa un avance en materia de protección de los derechos fundamentales, al reforzar el principio de igualdad consagrado en la Constitución dominicana.
La inclusión de estas sanciones forma parte de las modificaciones introducidas en el nuevo Código Penal, cuyo contenido ha generado un amplio debate entre distintos sectores de la sociedad por las implicaciones de varias de sus disposiciones.
Las autoridades han señalado que el objetivo de la legislación es garantizar un trato digno e igualitario para todas las personas, independientemente de su condición, y promover una convivencia basada en el respeto y la no discriminación.













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